Convalidación título de Piloto por Controlador

Tema creado por aeronautico el 05/02/2010 16:15
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6 respuestas
Respuesta de aeronautico el 05/02/2010 16:15

BOE nº 32 5-febrero-2010

Ver facultades asignadas para la convalidación de titulos técnicos aeronauticos: pilotos y controladores.
Podría ser una solución en esta epoca de paro.

Respuesta de aeronautico el 05/02/2010 16:58

Ampliación información

En este sentido se faculta a la Agencia Estatal de Seguridad Aérea para aprobar de manera inmediata, conforme a la normativa comunitaria de aplicación, los planes urgentes de formación que resulten necesarios para facilitar la obtención de las correspondientes licencias, habilitaciones y anotaciones de unidad de controladores de tránsito aéreo, en los que se establecerá la convalidación de los conocimientos y experiencia del personal técnico aeronáutico, tales como pilotos o controladores.

a) Aprobar de manera inmediata, conforme a la normativa comunitaria de aplicación, los planes de formación que resulten necesarios para facilitar la obtención de las licencias, habilitaciones y anotaciones de unidad de controladores de tránsito aéreo que se requieran. Estos planes preverán expresamente la convalidación de los conocimientos y experiencia del personal técnico aeronáutico, tales como pilotos o controladores

Disposición adicional tercera. Formación de personal de tránsito aéreo.
1. La sociedad estatal Servicios y Estudios para la Navegación Aérea y la Seguridad Aeronáutica, S.A., como actual proveedor de formación de tránsito aéreo, deberá presentar a la Agencia Estatal de Seguridad Aérea los planes de formación que resulten necesarios para dotar al sistema del personal requerido para llevar a efecto las disposiciones contenidas en el presente real decreto-ley.
Igualmente, AENA deberá presentar a la Agencia Estatal de Seguridad Aérea los planes de formación de unidad y de formación continuada que resulten necesarios para complementar los citados en el párrafo anterior.
Todos los planes de formación preverán expresamente la convalidación de los conocimientos y experiencia del personal técnico aeronáutico, tales como pilotos o controladores
2.Los restantes proveedores civiles de formación inicial podrán presentar asimismo los planes de formación que estimen oportunos una vez hayan sido debidamente certificados como proveedores civiles de formación. Estos planes podrán prever la convalidación de los conocimientos y experiencia del personal técnico aeronáutico, tales como pilotos o controladores.

En consonancia con cuanto antecede, se incorporan además ciertas medidas extraordinarias tendentes a asegurar la efectividad del conjunto de las disposiciones que establece el presente real decreto-ley y, por ende, la seguridad y continuidad de la prestación de los servicios de tránsito aéreo. En este sentido se faculta a la Agencia Estatal de Seguridad Aérea para aprobar de manera inmediata, conforme a la normativa comunitaria de aplicación, los planes urgentes de formación que resulten necesarios para facilitar la obtención de las correspondientes licencias, habilitaciones y anotaciones de unidad de controladores de tránsito aéreo, en los que se establecerá la convalidación de los conocimientos y experiencia del personal técnico aeronáutico, tales como pilotos o controladores.

Disposición adicional primera. Medidas extraordinarias.
1. Para la garantía de prestación segura y continuada de los servicios de navegación aérea la Agencia Estatal de Seguridad Aérea podrá adoptar cualquiera de las siguientes medidas extraordinarias:
a) Aprobar de manera inmediata, conforme a la normativa comunitaria de aplicación, los planes de formación que resulten necesarios para facilitar la obtención de las licencias, habilitaciones y anotaciones de unidad de controladores de tránsito aéreo que se requieran. Estos planes preverán expresamente la convalidación de los conocimientos y experiencia del personal técnico aeronáutico, tales como pilotos o controladores

Respuesta de Uniform Kilo el 05/02/2010 17:07

Convalidar titulo???

Mas bien sera reconocer y valorar la experiencia aeronautica, pero no te van a dar tu titulo de controlador presentando el de piloto, y hala, a controlar! XD

Me convalidan a mi mi licencia de controlador para poder volar el A340 de Iberia? XD

Respuesta de Santísima Trinidad el 05/02/2010 17:22

EL A340-600 NO, PERO LAS SERIES 200 Y 300 SEGURO QUE SÍ…PEPIÑO ES CAPAZ DE ESO Y MUCHO MÁS.

Respuesta de Uniform Kilo el 05/02/2010 17:29

A mi me parece bien que se valoren los estudios aeronauticos, la verdad es que era paradojico que teniendo las licencias de piloto y el PTLA teorico no te pudieras presentar a las oposiciones y si hacerlo con cualquier diplomatura ajena a la aviacion.
Reconocer y valorar estudios si, pero reconocer licencias como el que va a canjearla, me parece a mi que nanai, en NATS y Eurocontrol tambien te valoran los estudios aeronauticos, pero tienes que pasar todo el proceso de seleccion y formacion, creo que por ahi van los tiros. Lo que si se reconocen y canjean son las licencias de controlador, como es logico.
De todas formas, lo de hoy me parecen muy malas noticias para la profesion de controlador en nuestro pais.
Y un atropello a los convenios colectivos de los trabajadores, algunos se reiran, pero a quien le tocara despues? Se ha abierto la veda.

Respuesta de Draft el 05/02/2010 17:51

Por lo menos ahora existe la posibilidad y los conocimientos de un piloto serán reconocidos en control. Lejos de lo que han pretendido los solidarios del USCA.