Ya sabemos que, de acuerdo con la legalidad vigente y con algún convenio colectivo, el Comandante tiene la facultad de ampliar los límites de actividad de toda la tripulación por haber surgido causas imprevistas durante el desarrollo de la serie de servicios. Como lo que hace el Comandante es una ampliación de límites, en ningún caso la tripulación se pasa de actividad, por lo que ese Copiloto no podría alegar esa causa para no volar.
Sin embargo, un tripulante siempre puede alegar fatiga (cansancio) para negarse a continuar con los servicios de vuelo, y en ese caso el Comandante no podrá obligar al tripulante a seguir trabajando.