Gráfico con los límites de actividad legales establecidos en el Convenio Colectivo. Os adjuntamos un gráfico con los límites de actividad legales, que son únicamente los establecidos en el Convenio Colectivo. Os pedimos que portéis en vuestra cartera de documentos este gráfico para que podáis confirmar, en caso de dudas, los límites reales. (SEPLA 01/05/IB de 22 feb 2005)