Despues de la entranda en vigor del Real Decreto 750/2014, existe una necesidad imperiosa de incorporación de copilotos para helicopteros de carga superior a 4000 kg.
«Lo stablecido en el anexo III, apartado TAE.ORO.FC.LCI.200, letra g),
hasta que transcurran tres años desde la publicación de este real decreto, las operaciones
de lanzamiento de agua y traslado de personal especialista en actividades de extinción de
incendios con helicópteros de masa certificada de despegue superior a 4.000 kg, podrán
realizarse siempre que la tripulación incluya, además del piloto, a un tripulante
debidamente formado, aunque no sea un piloto, que vuele en el asiento del copiloto.
Transcurrido el plazo previsto en el párrafo anterior, serán exigibles a estas
operaciones los requisitos relativos a la composición de la tripulación de vuelo de
helicópteros previstos en las normas técnicas del anexo III, apartado TAE.ORO.FC.
LCI.200, letra g).»
A parte de esta ventana al mercado, debo comentar el relevogeneracional ya latente en este sector, mayoria de comandantes estancerca de la jubilacion y esto abre más aun si cabe el mercado laboral.
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Sin compromiso ninguno.