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El árbitro designado evita un laudo unilateral
Un B737 de Air Europa en final

MADRID, (EXTRACREW) - Air Europa, finalmente ha resuelto mediante un laudo arbitral las diferencias existentes en algunos aspectos del convenio colectivo con sus TCP, según publicó ayer el Boletín Oficial del Estado (BOE).

El árbitro designado de común acuerdo por las partes en este proceso ha sido el exmagistrado del Tribunal Supremo José María, quien finalmente ha dictaminado a favor de las demandas de los sindicatos sobre periodos vacacionales. A partir de ahora puede disfrutar de su periodo vacacional el 10% de la plantilla, sin diferenciación por razón de empleo entre TCP o Sobrecargos.

No obstante, Marín Correa da la razón a la empresa en cuanto a las percepciones en concepto de dietas que debe abonar a los TCP por vuelos nocturnos, si se atiende a la hora de la firma o a la hora del salida del vuelo. De este modo, el día de la firma se computa como nacional sin pernocta y sólo el día del vuelo como internacional con pernocta.  Como justificación, el árbitro argumenta que el día de la firma se considera  “dieta nacional”, porque se ésta se realiza en España.


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